Legalización de Libros.
¿Que entidades deben legalizar los libros en el Registro Mercantil?
- Todos los empresarios individuales (acreditando que la actividad que realizan es empresarial mediante fotocopia del alta en el I.A.E. o el último recibo de dicho impuesto).
- Toda clase de sociedades mercantiles (siempre que estén inscritas en este registro). - Todas las Entidades inscritas en el Registro Mercantil en virtud de disposición específica. Ley de Ordenación del Comercio Minorista u otras disposiciones.
- Las Cooperativas Valencianas (Disposicion Adicional Sexta Ley 8/2003 de 24 de Marzo de Cooperativas de la Comunidad Valenciana).
No podrán legalizar los libros en el Registro Mercantil: - Las Sociedades Civiles que no realicen actividad mercantil.
- Las Comunidades de Bienes.
- Las Cooperativas de ámbito estatal.
¿Qué libros se pueden legalizar en el Registro Mercantil?
- El de Inventario y Cuentas Anuales
- El de actas de las Juntas y de los órganos colegiados de la sociedad
- El libro registro de socios o de acciones nominativas
- El libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad
- Así mismo, podrán ser legalizados los libros auxiliares y cualesquiera otros que se lleven por los empresarios en el ámbito de su actividad.
¿Qué plazo hay para presentar los libros a legalizar?- Los libros obligatorios mecanizados deberán ser presentados a legalización antes de cuatro meses de la fecha de cierre del ejercicio
- Los libros en blanco no están sujetos a plazo
Presentación de instancias al Registro.Los libros contables, pueden ser objeto de legalización en soporte informático. Dicho soporte puede ser objeto de presentación telemática o físicamente en el Registro.
Presentación telemática:
Para la presentación telemática se requiere ser usuario abonado del Colegio de Registradores y ser titular de la firma electrónica reconocida expedida por el Servicio de firma electronica del Colegio de Registradores.
La elaboración de los ficheros se realiza a través de los programas contables que dispongan de tal utilidad o bien a través del programa legalia .
Para soporte del programa legalia puede dirigirse al teléfono 902734375 Para cualquier duda en la presentación telemática de libros contables puede dirgirise al telefóno de ayuda 902201200.
Presentación mediante la personación física en el Registro.
Puede optar entre presentar los libros físicamente o bien en soporte digital, elaborado mediante los programas contables que posean esa utililidad o bien mediante la elaboración de los mismos utilizando el programa legalia , el teléfono de soporte es el 902734375.
Se recomienda utilizar como soporte de los ficheros, un cd-rom, dada la escasa fiabilidad de los disquetes.
¿Qué documentos tengo que aportar para efectuar la presentación en persona en el Registro?
- En primer lugar, deberá adquirir una instancia oficial suministrada por el Registro, en la cual detallará los libros que presenta a legalizar.
- En función del número de libros que presente, deberá autoliquidar el importe, e ingresar el mismo en la caja del Registro Mercantil.
- En el momento de presentación deberá acompañar a la instancia los libros a legalizar, tanto si van encuadernados como si se presentan en soporte digital.
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Registro Mercantil de Alicante