Información sobre Emprendedor de Responsabilidad limitada.

Limitación de responsabilidad.

La Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, en su articulo 7º establece el régimen de limitación de responsabilidad al emprendedor

El emprendedor persona física, cualquiera que sea su actividad, podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o profesional mediante la asunción de la condición de «Emprendedor de Responsabilidad Limitada», una vez cumplidos los requisitos y en los términos establecidos en el Capitulo II de dicha Ley.

Y en su artículo 8 establece

1. Por excepción de lo que disponen el artículo 1.911 del Código Civil y el artículo 6 del Código de Comercio, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada podrá obtener que su responsabilidad y la acción del acreedor, que tenga origen en las deudas empresariales o profesionales, no alcance a los bienes no sujetos con arreglo al apartado 2 de este artículo y siempre que dicha no vinculación se publique en la forma establecida en esta ley.

2. Podrán beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 euros, valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil, así como los bienes de equipo productivo afectos a la explotación y los que los reemplacen debidamente identificados en el Registro de Bienes Muebles y con el límite del volumen de facturación agregado de los dos últimos ejercicios.

En el caso de viviendas situadas en población de más de 1.000.000 de habitantes se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor del párrafo anterior.

3. En la inscripción del emprendedor en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio se indicará el bien inmueble, propio o común, y los bienes de equipo productivo, que se pretende no hayan de quedar obligados por las resultas del giro empresarial o profesional por cumplir con el apartado 2 de este artículo.

4. No podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad el deudor que hubiera actuado con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros, siempre que así constare acreditado por sentencia firme o en concurso declarado culpable.

Como conseguir la inscripción como emprendedor de Responsabilidad Limitada.

Puede conseguir la misma usando para ello los servicios PAE en el propio Registro o bien, mediante la cumplimentación de la instancia que deberá firmar con certificado electrónico cualificado y enviar usando el portal de registradores.org siguiendo las instrucciones que se indican en este enlace.

Impresos de solicitud de inscripción:

Solicitud de inscripción Emprendedor de Responsabilidad Limitada.

Ley 14/2013 (Ley de emprendedores)

El emprendedor persona física, cualquiera que sea su actividad, podrá limitar su responsabilidad por las deudas que traigan causa del ejercicio de dicha actividad empresarial o empresario o profesional (liberal o no) mediante la asunción de la condición de emprendedor de responsabilidad limitada. Art. 7 de la Ley.
La condición de emprendedor de responsabilidad limitada se adquirirá mediante su constancia en la hoja abierta al mismo en el Registro mercantil correspondiente a su domicilio. Art 9.1

Será título para inmatricular al emprendedor de responsabilidad limitada (Art. 9 Ley 14/13 y Art. 88 del Reglamento del Registro Mercantil):

– Instancia suscrita con firma electrónica reconocida del empresario y remitida al Registro de forma telemática a través del portal de servicios interactivos.
– Acta notarial remitida telemáticamente al Registro.

Para su inscripción es necesario acompañar además de la instancia antes citada, los siguientes documentos:

– Declaración de alta en el I.A.E.

Otros documentos necesarios en función de las circunstancias de cada emprendedor.

– Certificación de matrimonio expedida por el Registro Civil de donde resulte el régimen económico-matrimonial.
– Certificación del Registro de la Propiedad Industrial acreditativo del nombre comercial registrado.